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COMUNICADOS OFICIALES
JURAMENTACIÓN COMO MIEMBRO HONORARIO DEL CAU AL DR. JAVIER VILLA STEIN
31/05/2009

EL 17 de Abril del presente año, el Presidente del Poder Judicial, Dr. Javier Villa Stein, visito nuestra ciudad de Pucallpa, en el marco de la celebración del aniversario de la Corte  [ ... ]


CAU Y MINISTERIO DE JUSTICIA ACUERDAN FIRMA DE CONVENIO
31/05/2009

contenidos/may3
El Decano del Colegio de Abogado de Ucayali, Mg. Juan Nuñez Terreros y el Viceministro de Justicia, Dr. Erasmo A. Reyna Alcantara El Decano del Colegio de Abogado de U [ ... ]


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ACTIVIDADES OFICIALES
CAU PARTICIPA EN FERIA DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD UCAYALINA
08/07/2009

En marco al día internacional de la mujer, (marzo 2009) el cau participo brindando asesoria legal gratuita en aa.hh. 07 de junio.  julio


DIA INTERNACIONAL DE LA MUJER - 8 DE MARZO
29/05/2009

contenidos/mayo Mg. Nuñez Terreros, como Decano del CAU entrega premio y condecoración a Abog. Lily San Martín Cardenas, en ceremonia pública.
El 8 [ ... ]


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    Reglamento Interno de los Consultorios Jurídicos Gratuitos del Ilustre Colegio de Abogados de Ucayali

      

    Artículo 1°.- Los consultorios Jurídicos Gratuitos tienen por objeto absolver las consultas y asumir la defensa de los integrantes, y en general de las personas de insuficientes recursos económicos, esencialmente las referidas a la protección de la madre y el menor.

     

    Artículo 2° .- La designación de un cargo en el Consultorio Jurídico Gratuito es un  honor y sy desempeño un deber.

     

    Artículo 3°.- El cargo que se desempeña en el Consultorio Jurídico Gratuito es obligatorio (artículo 95° de estatuto).

     

    Artículo 4°.- El cargo que se desempeña en el Consultorio Jurídico Gratuito solo puede reunirse después de haberse ejercido por un año (artículo 95° del Reglamento). Solo en caso excepcional debidamente fundamentado, podrá eximirse al abogado del cargo que se le hubiese designado en los Consultorios Jurídicos Gratuitos.

     

    Artículo 5°.- La direccion de los Consultorios Jurídicos Gratuitos estará a cargo del Vice Decano de la orden.

     

    Artículo 6°.- La supervisión de los Consultorios Jurídicos Gratuitos estará a cargo del Vice – Decano, juntamente con la cooperación de tres abogados que será designados por Vice – Decano, teniedo en cuenta los años de servicios en el ejercicio profesional.

     

    Artículo 7°.- Los abogados designados para desempeñarse en el Consultorio Jurídico Gratuito podrán ejercerlo en sus oficinas o consultorios particulares; en caso de no contar con ellos podrán utilizar un ambiente debidamente implementado en el Colegio de Abogados de Ucayali.

     

    Artículo 8°.- El abogado al desempeñar la defensa o absolver consultas, deberá cumplir con sus deberes profesionales, respetando la constitución y las leyes; ejerciendo una función social de ayuda desinteresada al servicio de la justicia y el derecho promoviendo la transformación socio-jurídica de la comunidad.

     

    Artículo 9°.- El abogado que forma parte de los Consultorios Jurídicos Gratuitos, deberá comunicar a la Junta Directiva, las irregularidades, falsedades manifiestas de los litigantes que puedan entorpecer su labor o afecten la imagen del Ilustre Colegio de Abogados de Ucayali.

     

    Artículo 10°.- El Director de los Consultorios Jurídicos Gratuitos establecerá el rol de turnos entre los abogados, a fin de atender debidamente a los litigantes que requieran ayuda conforme a lo prescrito en el Reglamento Interno.

     

    Artículo 11°.- El abogado que incumpliera su función perjudicando al litigante, debidamente comprobada, será sancionado por la Junta Directiva, de conformidad con lo establecido en el estatuto.

     

    Artículo 12°.- La atención de los Consultorios Jurídicos  Gratuitos establecido en el estatuto se adecuará en el presente Reglamento, a la realidad de nuestra comunidad gremial y al entorno de cada abogado defensor, que pueda hacer mas viable su labor.

     

     

    El presente reglamento fue aprobado en sesión de Junta Directiva de fecha 18.04.05; por Acuerdo N° 040-2005-CAU/JD  y Resolución de Junta Directiva N° 004/2005-CAU.


     
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